Un fallo de la Cámara Federal de Resistencia marcó un precedente judicial en la provincia al revocar la declaración de incompetencia dictada en primera instancia y ordenar que se investigue en el fuero federal una denuncia por presunta corrupción, enriquecimiento ilícito y lavado de activos que involucra al intendente de Clorinda, Ariel Caniza, junto a otros funcionarios y empresarios.
El trasfondo del caso y el alcance de la medida fueron detallados en los estudios de Expres en Radio por el abogado Juan Sebastián Montoya @juanchi.montoya , quien explicó la trascendencia procesal de la decisión al señalar que interrumpe una práctica de décadas en la que las denuncias presentadas ante estrados federales contra administraciones públicas locales terminaban siendo derivadas de manera sistemática al fuero ordinario provincial, donde las investigaciones no prosperaban y terminaban archivadas.
La causa se formalizó contra el intendente Ariel Caniza; su familiar Juan Arturo Caniza; la expresidenta del Concejo Deliberante, Marta Mendoza; el actual concejal Sergio Mendoza; y los empresarios Víctor María Colcombet y Andrés Rincón. La presentación abarca trece hechos iniciales centrados en el presunto desvío de fondos públicos mediante contrataciones directas, sobreprecios en la obra pública municipal y la posterior inserción de ese dinero en el circuito patrimonial privado.
Las Obras bajo la Lupa Judicial
Entre los casos expuestos en la presentación judicial figuran contrataciones de obras de infraestructura y ornamentación cuyos montos no se compadecerían con los costos reales de ejecución ni con los valores vigentes en el mercado.
Una de las situaciones descritas corresponde a la instalación de cuatro canchas de fútbol tenis en distintos puntos de Clorinda, obra que insumió un presupuesto superior a los 60 millones de pesos. De acuerdo con el relevamiento presentado por los denunciantes, los insumos principales requeridos para esas estructuras —entre ellos unos 128 metros de césped sintético y las redes correspondientes— representaban un costo global sensiblemente menor. Además, registros oficiales emitidos por la propia municipalidad muestran que las tareas de montaje y colocación fueron ejecutadas por personal municipal debidamente identificado con indumentaria de la comuna, pese a que la factura y el cobro del proyecto correspondieron a un proveedor privado contratado de forma directa.
En el mismo expediente se denuncian los presupuestos asignados a dos monolitos públicos: un monumento alegórico al cáncer de mama y una cruz franciscana de madera. Ambas construcciones insumieron desembolsos superiores a los 48 y 50 millones de pesos respectivamente. La investigación previa realizada por la representación legal determinó que la firma adjudicataria de estas obras, identificada bajo la razón social de fantasía Construir y de titularidad del empresario Víctor María Colcombet, fue dada de alta ante los organismos tributarios en marzo de 2024, poco después de la asunción de la actual gestión municipal, acumulando en un lapso de cinco meses asignaciones por más de 86 millones de pesos. Asimismo, al constatar el domicilio fiscal declarado por la empresa en el kilómetro 20 del paraje Palma Sola, se verificó la ausencia de un corralón, de estructura comercial de atención al público o de empleados registrados a su cargo.
Enriquecimiento y la Figura del Lavado de Activos
El hilo conductor de la causa apunta al incremento patrimonial del jefe comunal, materializado en la construcción de una propiedad de grandes dimensiones ubicada sobre las calles Vicente Paul y Chaco en la ciudad de Clorinda. El inmueble, que en 2024 consistía en una vivienda precaria de una sola planta, pasó a convertirse en una estructura de hormigón armado de tres niveles que abarca locales comerciales y terraza, con un valor de mercado estimado en varios cientos de miles de dólares. Los denunciantes sostienen que dicha edificación resulta desproporcionada frente a los ingresos formales declarados por el intendente, cuyo haber neto ronda los 800 mil pesos, aun contemplando los gastos protocolares detectados en las cuentas del municipio.
El encuadre en el delito de lavado de activos fue el factor clave que fundamentó la competencia del tribunal federal. El letrado explicó que el proceso contempla la estratificación de los excedentes monetarios generados a través de contrataciones directas y sobreprecios para otorgarles apariencia de licitud mediante inversiones inmobiliarias o adquisición de bienes registrables. Al ser el lavado de activos un delito de competencia excluyente del fuero federal, la denuncia solicitaba la intervención directa de dicha jurisdicción.
Derrotero Procesal y la Resolución de Alzada
Tras la radicación de la denuncia a finales de septiembre, la fiscalía federal a cargo de Marisa Vázquez emitió un dictamen en el que sostuvo la falta de elementos suficientes para fundamentar la hipótesis de lavado de activos, sugiriendo el remiso de las actuaciones a la justicia provincial. Dicho criterio fue ratificado por la jueza de garantías federal N° 2 de Formosa, María Belén López Masé, quien se declaró incompetente para entender en la causa y dispuso remitir el expediente a la Segunda Circunscripción Judicial con asiento en Clorinda.
La resolución fue impugnada por la parte querellante y elevada ante la Cámara Federal de Resistencia. En la audiencia de alzada, la camarista Rocío Alcalá revocó la decisión del juzgado de origen al considerar contradictorio sostener la ausencia de elementos de prueba cuando no se habían llevado a cabo las diligencias mínimas de investigación.
El fallo de la Cámara ordenó mantener la causa dentro del fuero federal y encomendó la realización urgente de medidas probatorias que incluyen requerimientos de información al Banco Central de la República Argentina, a entidades financieras, a la Unidad de Información Financiera (UIF) y a la Procuraduría de Criminalidad Económica y Lavado de Activos (Procelac), con el objetivo de analizar la trazabilidad de los fondos y determinar la existencia de operaciones sospechosas. Asimismo, el tribunal dispuso que la investigación abarque tanto el delito de lavado de activos como los delitos precedentes de administración fraudulenta y malversación de caudales públicos./ExpresDiario



