Nadia Soledad Caballero ordenó a medios provinciales y nacionales abstenerse de difundir contenidos vinculados al caso y eliminar publicaciones existentes. Es la misma magistrada que interviene en el expediente por la situación del menor alojado en un hogar que provocó una fuerte controversia en Clorinda.
El caso que desató un escándalo en Clorinda por la situación de un menor alojado en un hogar sumó este miércoles un nuevo y polémico capítulo. La jueza de Menores Nadia Soledad Caballero, que interviene en ese expediente, dictó una medida cautelar cuyo alcance incluye expresamente a medios de prensa provinciales y nacionales.

La resolución, fechada este 9 de septiembre de 2026, ordena abstenerse de publicar, subir, difundir, reproducir, compartir o divulgar contenidos que permitan identificar directa o indirectamente al menor o que expongan aspectos pertenecientes a su vida privada e intimidad.
Algo está pasando omite deliberadamente nombres, iniciales y cualquier otra referencia que pueda conducir a la identificación del menor, tanto por tratarse de una persona menor de edad como por los términos de la resolución judicial.
El dato político e institucional que rodea la medida es relevante: Caballero es la misma jueza que interviene en el caso que quedó en el centro de la atención pública en Clorinda por la permanencia del menor en un hogar, situación que derivó en cuestionamientos y una fuerte repercusión pública.
Ahora, mientras continúa la controversia alrededor de ese expediente, la magistrada avanzó con una cautelar que no se limita a las personas directamente involucradas en la causa, sino que menciona específicamente a los “medios de prensa provincial y nacional”.
La orden alcanza a Facebook, Instagram, TikTok, X y cualquier otra red social, además de plataformas digitales, sitios web, blogs, foros, grupos y medios de comunicación. Incluye imágenes, videos, audios, datos e información que puedan conducir a la identificación del menor.
Pero la resolución va más allá de impedir nuevas publicaciones. También ordena eliminar de las redes sociales el material que ya hubiera sido difundido, incluyendo imágenes, videos, audios, leyendas, frases, comentarios, carteles e información relacionada con el caso cuando involucre al menor.
La jueza advirtió además que el incumplimiento puede derivar en sanciones conminatorias, conforme al artículo 804 del Código Civil y Comercial. La notificación fue realizada con habilitación de días y horas inhábiles, lo que evidencia el carácter urgente otorgado a la cautelar.
En paralelo, Caballero dispuso dar intervención al fiscal de turno ante la posible comisión de un delito penal en perjuicio del menor, para que determine las medidas que considere correspondientes.
La necesidad de preservar la identidad y la intimidad de un menor constituye el fundamento de la medida. Sin embargo, la amplitud de la orden abre otro interrogante: si para garantizar esa protección resulta necesario alcanzar genéricamente a todos los medios provinciales y nacionales y ordenar incluso la eliminación de publicaciones.
El nuevo capítulo se produce precisamente cuando la actuación judicial en el caso ya se encuentra bajo la mirada pública toda la provincia. La misma jueza que tiene intervención sobre la situación que originó la controversia es ahora quien establece restricciones concretas sobre la difusión periodística de información vinculada al expediente./(Fuente: Portal de noticias, “Algo Está Pasando).



