La Corte Suprema ya giró a la Procuración General las presentaciones de inconstitucionalidad del Art. 132

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A tan solo 48 horas de realizadas las dos presentaciones judiciales para dirimir la inconstitucionalidad del artículo que habilita la reelección indefinida en la provincia, la Corte Suprema ya giró a la Procuración General los documentos para su análisis por lo que la cuestión podría resolverse antes de las elecciones de junio. “Hasta el 24 de junio la Corte tiene tiempo de expedirse”, manifestó Agostina Villaggi, abogada de una de las presentaciones, al Grupo de Medios TVO.

“Las dos presentaciones tuvieron un giro y se pasaron al Procurador General que tiene que dictaminar sobre si la Corte es o no competente para atender la cuestión que se planteó, en definitiva la reelección indefinida de Insfrán. Si bien son dos acciones judiciales distintas, el objeto de la misma es resolver sobre la inconstitucionalidad o no del artículo 132 de la Constitución provincial”, agregó Villaggi.

Si bien las dos presentaciones tienen el mismo objetivo, la presentación realizada por la abogada es una acción de amparo, por lo que su resolución debe ser tratada y resuelta con celeridad, por lo que podría existir una respuesta por parte del máximo contralor de justicia, antes de las elecciones previstas para este 25 de junio.

“Nosotros hicimos una acción de amparo pidiendo a la Corte que declare inconstitucional el artículo 132 porque, en los argumentos del escrito está bien explicado, nosotros entendemos que hay violaciones a derechos constitucionales que son de suma importancia para la vida democrática de las instituciones de la República y entendemos que la Corte, como máximo órgano de contralor, tiene que abocarse a resolver la cuestión”, indicó Villaggi.

La acción realizada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación es el paso habitual para darle tratamiento minucioso a la cuestión planteada. Además, lo que determine el Procurador General no es vinculante, es decir, la Corte Suprema puede resolver de todas maneras algo distinto a lo indicado por la procuraduría.

“Es una opinión, no es vinculante. La Corte después puede tomar una decisión distinta a la que nombre el Procurador. Nuestra acción es una acción de amparo y estas acciones siempre se tienen que resolver con mayor celeridad que cualquier otra cuestión ordinaria porque justamente prevé una lesión de gravedad institucionalidad que amerita que el expediente se mueva con mayor rapidez, pero la verdad es sorprendente la rapidez con la que se giró al Procurador. Nosotros creemos que todo va a ser rápido”, explicó la abogada.

Al igual que la presentación realizada casi en simultáneo por el diputado Fernando Carbajal, candidato a Gobernador de la provincia por el Frente Amplio, los fallos de la Corte Suprema respecto a los planteos realizados en las provincias de San Juan y Tucumán, impulso la acción judicial llevada a cabo por los abogados de la Unión Cívica Radical.

“A nosotros los que nos dio esperanza y fuerzas para llevar adelante esta acción fueron los fallos que ha dictaminado recientemente la Corte. Primero nos abocamos a este punto en particular porque entendemos que los cargos ejecutivos y perpetuidad en el poder lesionan las instituciones de la República y la democracia y estamos trabajando en el caso de los intendentes también. La corte no tiene plazos para resolver las cuestiones, ellos fallan y trabajan de acuerdo a la gravedad de lo presentado”, finalizó Vilaggi. (expresdiario.com)