El Juzgado Federal de Formosa N° 2 condenó este lunes a Carlos Miguel Javier Chagra a tres años de prisión de ejecución en suspenso por su participación en la persecución, caza y muerte de un yaguareté ocurrida en diciembre de 2022 en una zona rural próxima a la ciudad de Clorinda.
La sentencia fue dictada por la jueza federal María Belén López Macé, mediante la Sentencia N° 62/2026. Chagra fue considerado coautor del delito de caza de animales silvestres cuya captura está prohibida, agravada por la participación de tres o más personas, en los términos del artículo 25 de la Ley 22.421.
El hecho investigado ocurrió el 19 de diciembre de 2022 y tomó estado público a partir de la difusión de registros audiovisuales vinculados con la cacería del ejemplar de yaguareté (Panthera onca).
Daño ambiental
En su pronunciamiento, la jueza López Macé puso especial énfasis en que la muerte de un ejemplar de yaguareté no puede ser considerada únicamente como la pérdida de un animal.
En tal sentido, la magistrada indicó que la especie cuenta con una protección jurídica especial al haber sido declarada Monumento Natural Nacional y Monumento Natural Provincial de Formosa, además de encontrarse actualmente categorizada como en peligro crítico de extinción.
En ese contexto, el fallo sostiene que la muerte de un ejemplar afecta las posibilidades de conservación de toda la especie, la diversidad biológica, el equilibrio de los ecosistemas y el patrimonio natural de la comunidad.
La sentencia también relaciona la protección de la fauna con el derecho de las generaciones presentes y futuras a vivir en un ambiente sano. La desaparición de ejemplares de una especie amenazada reduce las posibilidades de recuperación y conservación hacia el futuro.
Otro de los aspectos destacados por el Juzgado Federal es la necesidad de fortalecer las políticas de prevención y educación ambiental.
El fallo advierte que la legislación penal vigente puede resultar limitada frente a la dimensión de determinados daños ambientales. En este caso, la escala penal establece un máximo de tres años de prisión, límite que fue aplicado por el tribunal.
Sin embargo, la jueza remarcó que la importancia de una sentencia de estas características no debe medirse exclusivamente por la pena impuesta. También debe contribuir a generar conciencia sobre las consecuencias de la caza ilegal y reforzar las acciones de prevención, protección, control, información y educación ambiental.
En particular, el pronunciamiento señala que la protección de una especie en peligro crítico de extinción no puede depender únicamente de la actuación judicial una vez consumado el daño, sino que requiere políticas preventivas capaces de evitar que estos hechos ocurran.
El rol de fiscales y querellantes
La causa contó con la intervención del Ministerio Público Fiscal y de distintas partes querellantes que impulsaron el proceso.
La acusación pública estuvo representada por los fiscales federales Luis Roberto Benítez y Marisa Vázquez. También participaron como querellantes la Administración de Parques Nacionales, la Fiscalía de Estado de la Provincia de Formosa y la Fundación Red Yaguareté.
El Juzgado a cargo de la Dra. López Macé destacó que la intervención coordinada de organismos estatales y organizaciones de la sociedad civil permitió sostener la investigación y aportar diferentes perspectivas relacionadas con la protección de la especie y la dimensión ambiental del hecho.
Reparación de $ 5 millones
Además de la condena penal, la sentencia estableció una reparación económica de 5 millones de pesos, cuyo destino estará vinculado exclusivamente con organismos y entidades dedicados a la protección y conservación del yaguareté.
El fallo aclaró que esta suma no significa ponerle un precio a la vida del animal ni considerar que el daño queda reparado mediante el pago.
Por el contrario, la jueza sostuvo que el daño ambiental provocado por la muerte del ejemplar es irreparable, ya que el animal no puede ser recuperado ni resulta posible retrotraer el ambiente al estado previo al hecho.
Por esa razón, la reparación económica busca que los recursos derivados de la condena tengan una finalidad concreta hacia el futuro y contribuyan a preservar los ejemplares que todavía sobreviven y el hábitat del yaguareté.
El Juzgado Federal de Formosa N° 2 también ordenó la publicación de la sentencia en medios de comunicación provinciales y nacionales.
La medida fue vinculada con los principios de acceso a la información ambiental, transparencia, rendición de cuentas, máxima publicidad y equidad intergeneracional establecidos en el Acuerdo de Escazú, aprobado en Argentina mediante la Ley 27.566.
De esta manera, se indicó que la Justicia busca que el alcance del fallo exceda el caso particular y contribuya a generar conciencia sobre la necesidad de proteger al yaguareté, conservar la biodiversidad y preservar el patrimonio natural para las generaciones futura./LaMañana



