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miércoles 22, abril 2026.
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Pensiones por invalidez: qué cambia y qué incorpora el proyecto

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El plan prevé nuevos esquemas de fiscalización y reacreditación, así como una descentralización que otorga a las provincias mayor control administrativo

El Ministerio de Salud de la Nación informó que la presentación del proyecto de ley dirigido a modificar el sistema de pensiones no contributivas por invalidez no es un cambio puntual, sino una norma destinada a “corregir problemas estructurales” que generó el dictado de la Ley 27.793. La iniciativa plantea modificaciones en los criterios de acceso, controles y financiamiento, y busca redefinir la gestión de las prestaciones en todo el país.

Cambios en los criterios de acceso a las pensiones por invalidez

La iniciativa elimina la coexistencia de dos criterios de pensiones: el de invalidez laboraly el de discapacidad. Según explican desde la cartera sanitaria, esta diferenciación -introducida por la legislación anterior- generó confusión al ampliar el alcance de las prestaciones más allá de quienes no pueden trabajar ni sostenerse económicamente.
El nuevo proyecto propone volver a un único esquema, destinado exclusivamente a quienes no pueden insertarse en el mercado laboral y se encuentran en situación de vulnerabilidad económica.
Según informaron, la condición de discapacidad no implicará por sí sola el acceso a la pensión, sino que se exigirá acreditar imposibilidad de trabajar y carencia de ingresos suficientes.
El proyecto contempla además revisiones periódicas de la situación de los beneficiarios para garantizar el cumplimiento continuo de los requisitos.

Nuevos controles y reempadronamiento obligatorio

La iniciativa incorpora mecanismos de fiscalización y auditoría que no existían en el sistema previo. El nuevo régimen prevé auditorías regulares a prestadores y cruces sistemáticos de datos entre organismos como ANSES, ARCA y SINTyS.

El reempadronamiento obligatorio afectará a todos los beneficiarios actuales. Deberán demostrar nuevamente su situación médica, laboral y socioeconómica para conservar el derecho a la pensión.

Si el trámite no se cumple, el beneficio será suspendido de forma automática. Ante cualquier inconsistencia detectada, la autoridad podrá disponer la suspensión preventiva, asegurando al titular el derecho a revisión y defensa.
Federalización del sistema y nuevo marco permanente

Por último, la medida plantea la descentralización del sistema, habilitando a las provincias a gestionar las pensiones mediante convenios y a recibir financiamiento según sus competencias. Se deja de lado la gestión centralizada y se apunta a una administración armonizada entre Nación y provincias.

El nuevo régimen, señalaron, establece un “marco permanente” para la administración de las pensiones por invalidez en todo el país, reemplazando el esquema de emergencia vigente./RadioSudamericana