Superintendencia de Servicios de Salud recibe quejas de afiliados a obras sociales por prestaciones

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Fernando Parra, coordinador de la Superintendencia de Servicios de Salud de la Nación, oficina Formosa, explicó cuáles son las obligaciones de las obras sociales y la función que cumple la oficina local a la hora de los reclamos.

“La función de la oficina que se encuentra en Brandsen y Deán Funes es que tenemos la obligación de controlar por decirlo de alguna manera para que las personas entiendan el funcionamiento de las obras sociales con sus afiliados. Todas las obras sociales y prepagas, no así IASEP ni PROFE, porque por ahí tenemos consultas que si bien los asesoramos, no tenemos injerencia sobre IASEP ni PROFE que es un programa nacional que está a cargo de la provincia y tenemos bastantes consultas” relató en declaraciones a Radio Uno Formosa.

“Todas las obras sociales nacionales, en total son 197 obras sociales, de las cuales no todas están en Formosa, pero alrededor de 50 trabajan en Formosa. Cuando ese afiliado que tiene algún inconveniente o necesita algún tipo de cobertura y no se siente cubierto o satisfecho con lo que la obra social le ofrece, en ese caso tiene que ir a vernos a nosotros y vemos si realmente el afiliado tiene razón, si corresponde el reclamo que está realizando, y en ese caso intimamos a la obra social para que resuelva el problema al afiliado” comentó.

“Hay reclamos de todo tipo, pero lo que más se ve es el cambio de una obra social a otra. Uno es libre de cambiarse de una obra social a otra, la estadía mínima una vez dada el alta en la obra social, es de un año. Las obras sociales no se pueden negar a recibirlo y si ocurre, tiene que ir con nosotros y le hacemos el reclamo” agregó.

“Algunos monotributistas pagan un componente de obra social, y por ahí las obras sociales rechazan pero todas están obligadas a aceptar al monotributista. Cuando vean que no se los acepta, tienen que hacer el reclamo correspondiente en la superintendencia” relató Parra.

“Tenemos también reclamos por falta de cirugía, de prestaciones, algunas prótesis, algún tipo de cirugía bariátrica, cinturón gástrico, by pass gástrico. La obra social tiene la obligación de cubrir, pero la realidad es que ese paciente debe cumplir una serie de requisitos que son bastante complejos en el sentido que son extensos. Cuestiones psicológicas, nutricionales, multidisciplinarias que llevan aproximadamente dos años, y la ley dice eso. Por ahí la gente no entiende que tiene que hacer todo esos dos años de estudios previos, para ver si realmente necesita o no, porque si en ese tiempo el paciente recupera el peso, no requiere la cirugía”, dijo.

“Cuando uno recién empieza a trabajar, la patronal tiene la obligación de inscribirte en la obra social correspondiente a la actividad, lo que pasa que después el afiliado tiene la libertad de cambiarse” indicó.
“También tenemos injerencia sobre el Pami, y si algún afiliado tiene algún inconveniente, hace el reclamo en la superintendencia” añadió.

“La obra social tiene la obligación de brindarte cobertura, brindarte médico, brindarte especialistas, pero no tenemos la libertad de elegir el médico que nosotros querramos. Tenemos que aceptar los médicos con los cuales la obra social tiene convenio, tanto para la atención médica como para laboratorio, o internación en un sanatorio, y es la obra social la que genera convenios con una cierta cantidad de médicos” remarcó. (EL COMERCIAL)