La Ley 27.801 comenzará a regir el 5 de septiembre a niven nacional y reemplazará el régimen vigente desde 1980. En Corrientes, la Ley provincial 6.736 ya creó un sistema de justicia procesal juvenil. El juez de Familia Edgardo Frutos explicó a Canal 5TV cuáles serán los principales cambios y advirtió que el nuevo esquema requiere especialización, presupuesto y un abordaje que no se limite al castigo.
A partir del 5 de septiembre de 2026, Argentina tendrá un nuevo Régimen Penal Juvenil. La Ley 27.801 establece que las personas adolescentes podrán ser responsabilizadas penalmente desde los 14 años por hechos tipificados como delitos en el Código Penal o en leyes penales especiales. La norma fue sancionada el 27 de febrero del 2026 y publicada en el Boletín Oficial el 9 de marzo.
El cambio marca el final del régimen establecido por la Ley 22.278, vigente desde 1980, y plantea una nueva forma de intervenir frente a los adolescentes que cometan delitos. El sistema incorpora sanciones específicas y pone el foco en la educación, la resocialización y la integración social.
En Corrientes, el proceso de adaptación tiene además un antecedente propio. La provincia sancionó en noviembre de 2025 la Ley 6.736, de Sistema de Justicia Procesal Juvenil, que creó un fuero específico y especializado para intervenir en investigaciones, juzgamientos, revisiones y ejecución de sanciones vinculadas con menores de 18 años.
El juez de Familia, Niñez y Adolescencia Edgardo Frutos explicó a Canal 5TV que la implementación provincial busca preparar el terreno para el nuevo escenario nacional.
Frutos remarcó que la reducción de la edad de imputabilidad no significa aplicar automáticamente las mismas penas que a una persona adulta. «La nueva ley establece un máximo de 15 años de prisión para los adolescentes», explicó. La Ley 27.801 prohíbe las penas de prisión perpetua y establece que el máximo de las penas privativas de la libertad para adolescentes será de 15 años.
Para el magistrado, la diferencia responde a una cuestión central: un adolescente todavía está atravesando un proceso de desarrollo. «Son personas en formación, con un desarrollo neurológico que todavía no está completo. Por eso las penas tienen que ser diferentes a las de los adultos y tienen que guardar relación con la edad», sostuvo.
El nuevo régimen también contempla sanciones alternativas y medidas destinadas a que el adolescente asuma responsabilidad por lo ocurrido y pueda reparar, en la medida de lo posible, el daño causado. Entre ellas aparecen la amonestación judicial, restricciones de acercamiento, programas educativos, capacitación laboral, actividades deportivas o culturales y tratamientos cuando sean necesarios.
De las peleas escolares a los delitos que tendrán respuesta penal
Uno de los cambios que plantea el nuevo régimen es que determinadas conductas cometidas por adolescentes de 14 y 15 años dejarán de quedar fuera del sistema penal por la edad del autor.
Frutos mencionó que entre los hechos que aparecen con mayor frecuencia en el ámbito juvenil se encuentran las lesiones y los delitos contra la propiedad. En ese marco, una pelea que termine en una agresión física puede derivar en una investigación por lesiones. Lo mismo puede ocurrir con otras conductas que constituyan delitos previstos en la legislación penal.
La reforma también alcanza delitos como el abuso sexual, el grooming, determinadas conductas vinculadas con imágenes de contenido sexual, amenazas y otros hechos previstos por el Código Penal o leyes especiales. La responsabilidad dependerá siempre de que la conducta concreta encuadre en un delito y de las circunstancias del caso.
El objetivo no es solamente castigar
Para Frutos, el cambio más importante no pasa únicamente por la edad de imputabilidad, sino por la manera en que el Estado debe intervenir. «El régimen juvenil tiene una finalidad educativa y resocializadora», explicó.
En ese sentido, la justicia restaurativa ocupa un lugar central. La idea es que el adolescente pueda comprender las consecuencias de sus actos, asumir responsabilidad y evitar que el conflicto con la ley penal se transforme en una trayectoria delictiva. «Hay que buscar que el adolescente se responsabilice subjetivamente de lo que hizo y que no continúe en la senda delictiva», sostuvo el magistrado.
El juez también planteó que los delitos cometidos durante la adolescencia muchas veces aparecen relacionados con otros problemas que no pueden ser resueltos únicamente mediante una condena.
Mencionó situaciones de vulnerabilidad social, problemas de salud mental y consumos problemáticos, entre otros factores que pueden atravesar la vida de los jóvenes.
Por eso, sostuvo que la respuesta debe involucrar a distintos sectores de la sociedad y no quedar exclusivamente en manos de los tribunales./RadioSudamericana



